Ahora los trabajadores Independientes podrán afiliarse al Sistema de Riesgos Laborales
¿Si soy DISTRIBUIDOR DE ARL SURA, Cómo puedo afiliarme a ARL SURA?
Si eres Distribuidor de ARL SURA, trabajador independiente, te invitamos para que inicies el proceso de afiliación a la ARL Sura, así:
- Diligencia la plantilla de afiliación de trabajadores independientes que se puede descargar haciendo clic aquí.
- Adjunta los soportes de pago vigentes a EPS y AFP.
- Entrega esta documentación al Coordinador de Gestión Procesos o Coordinador Técnico respectivo según tu ciudad.
Si tienes alguna inquietud puedes contactar a Juan Pablo Tobon Uribe en el teléfono (4) 4307187 o escribirle al correo electrónico jtobon@sura.com.co
El Decreto 0723 de 2013 establece las reglas para efectuar la afiliación y pago de los aportes de los Trabajadores Independientes.
Si te afilias a ARL SURA podrás garantizar que el pago de las prestaciones económicas que se generen de un accidente de trabajo o enfermedad laboral, te sean pagadas por la totalidad de los ingresos percibidos por cada uno de los contratos de prestación de servicios que tengas. Además podrás beneficiarte automáticamente de nuestros programas de prevención, formación y asesoría en seguridad y salud en el trabajo orientados al cuidado de las personas.
Algunas preguntas frecuentes:
¿Quiénes se podrán afiliar al Sistema de Riesgos Laborales como Trabajadores Independientes?
Todas las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, y los trabajadores independientes que realizan de forma independiente actividades catalogadas como de alto riesgo por el Ministerio de Trabajo.
¿Qué significa que el contrato sea formal?
Que el contrato sea por escrito.
¿Qué duración debe tener el contrato por el cual me voy a afiliar como trabajador independiente?
Más de un mes si la actividad que realiza es clase de riesgo 1, 2 o 3. Las clases de riesgo 4 y 5 no tienen duración mínima requerida.
¿A partir de cuándo puedo afiliarme como Trabajador Independiente?
Desde el 15 de abril de 2013. Por disposición legal hasta el 15 de julio del presente año usted podrá escoger la administradora de riesgos laborales. Si ya se encuentra afiliado podrá cambiarse de ARL, y las entidades que lo contratan como Trabajador Independiente deberán diligenciar un formulario de afiliación por cada contrato de prestación de servicios que usted suscriba.
¿Si soy empleado y adicionalmente tengo un contrato de prestación de servicios con otra entidad, también debo afiliarme como trabajador independiente?
Sí. La entidad que lo contrata como independiente deberá afiliarlo como tal en la misma ARL donde está afiliada la empresa con la que trabaja como dependiente en la actualidad.
Si tengo varios contratos de prestación de servicios con diferentes contratantes ¿debo afiliarme varias veces?
Sí. Debe realizar la afiliación y cotización por cada uno de los contratos de prestación de servicio que tenga. En todos los casos debe afiliarse a una única ARL.
