Por medio de este Decreto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público reglamenta el artículo 14 de la Ley 100 de 1993. Con ocasión de los preceptos Constitucionales, ninguna pensión podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente.
Por medio de este Decreto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público reglamenta el artículo 14 de la Ley 100 de 1993. Con ocasión de los preceptos Constitucionales, ninguna pensión podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente.