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SURATEP OBTUVO LA CERTIFICACIÓN NTC OHSAS 18001 Y LA RECERTIFICACIÓN DE LA ISO: 9001
El ICONTEC otorgó a La Administradora de Riesgos Profesionales SURATEP la certificación en la Norma Técnica Colombiana 18001, lo que significa que la Compañía cuenta con un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional que involucra a los empleados, contratistas, distribuidores y prestadores.
Contar con un Sistema de Gestión en Salud y Seguridad ratifica que SURATEP cumple la legislación vigente, identifica los peligros, controla e interviene los riesgos prioritarios para sus trabajadores implementando programas de gestión como: preparación y respuesta a emergencias, tránsito, ergonomía y otros que involucran a los prestadores de servicios de salud, distribuidores de prevención y de servicios administrativos. Lo anterior se evidencia en que sus colaboradores tienen una verdadera cultura de seguridad y autocuidado.
Adicionalmente, esta entidad calificadora renovó la certificación ISO: 9001, donde desatacó la coherencia del direccionamiento estratégico de la Compañía con el Sistema de Calidad y sus indicadores, el despliegue de los objetivos a las diferentes áreas del negocio y su seguimiento al cumplimiento de los mismos.
Así mismo, resalta las “evidencias de eficacia del servicio prestado en la reducción de la frecuencia y la severidad de accidentes laborales en las empresas clientes y los trabajadores”.
NUEVO SERVICIO DE LA LÍNEA SALVAVIDAS
Ahora las empresas afiliadas a SURATEP pueden contar con el nuevo servicio de transacciones telefónicas de la Línea Salvavidas en donde podrán generar constancias de afiliación, retirar trabajadores, enviar fax y consultar los pagos por incapacidades e indemnizaciones.
Para acceder a este servicio debe seleccionar la opción dos al comunicarse con nuestra Línea 01 8000 51 1414 y utilizar la misma clave de los Servicios en Líne@. Si no posee clave la puede solicitar a través de la Línea Salvavidas o ingresando a www.suratep.com.
Recuerde que los clientes además por este medio pueden reportar accidentes de trabajo, solicitar citas y autorizaciones de salud, recibir información de productos y servicios e inscribir a los trabajadores al plan de formación. |
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RESOLUCIÓN NÚMERO 93 DE 2008
Por la cual se modifica el artículo 6º de la Resolución 2527 de 2007 modificado por la Resolución 3212 de 2007.
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PROCESO DE LA AUDICIÓN
El oído es uno de los sentidos más sensibles de cuerpo humano, el cual permite percibir los sonidos que se encuentran en el ambiente que lo rodean.
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RESOLUCIÓN NÚMERO 252 DE 2008
Mediante la Resolución 252 de 2008 el Ministerio de la Protección Social realizó aclaraciones y modificaciones a las Resoluciones 634 de 2006, por la cual se adoptó el contenido del Formulario Único o la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, y 736 de 2007, por la cual se precisa la operación del pago asistido a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes. Algunas de las modificaciones incluidas tienen que ver con el número de cuentas en entidades financieras que se podrán habilitar para cada modalidad de planilla asistida y con la adición de algunos campos en la información del Formulario Único.
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EL ORDEN Y LA LIMPIEZA AYUDAN A LA SEGURIDAD
El orden y el aseo en el trabajo son factores de gran importancia para la salud, la seguridad, la calidad de los productos y en general para la eficiencia del sistema productivo.
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PARA FACILITAR EL PAGO A TRAVÉS DE LA PILA: GOBIERNO NACIONAL MODIFICA PLAZOS
De acuerdo con el proyecto de Decreto, las empresas con menos de 10 trabajadores deberán comenzar a pagar mediante este mecanismo el 1º. de abril, mientras que los independientes tendrán que hacerlo a partir del 2 de mayo.
La norma vigente establecía que estos grupos de trabajadores debían comenzar a pagar por la PILA el 1º de marzo.
El Ministerio de la Protección Social expedirá un Decreto que modifica las fechas para el pago de los aportes al Sistema de Protección Social de las empresas con menos de 10 empleados y los trabajadores independientes que aún no han comenzado a pagar mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, ya sea en su modalidad electrónica o asistida.
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RESULTADOS DE LOS SERVICIOS EN LÍNE@
Les compartimos los resultados de los Servicios en Líne@ y tráfico Web del mes de enero. Lo invitamos a hacer clic aquí para conocer toda la información. |
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ENTRA EN VIGENCIA LA CIRCULAR ÚNICA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Queremos compartirles esta circular que regula el Sistema General de Salud. Sin embargo ésta no tiene relación directa con nuestra actividad, pero consideramos importante que usted la conozca.
La Superintendencia Nacional de Salud, buscando facilitar a los destinatarios de su misión de inspección, vigilancia y control el cumplimiento, comprensión y consulta de las instrucciones expedidas por ella ha proferido la Circular Externa 047 de 2007, conocida como la Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud, mediante la cual se reúnen en un sólo cuerpo normativo todas las instrucciones de la Superintendencia Nacional de Salud que se encuentran vigentes.
En términos generales, la Circular Única cuenta con los siguientes títulos que desarrollan los temas que allí se mencionan:
Título Primero: Disposiciones Generales
Título Segundo: Entidades Administradoras de Planes de Beneficios
Título Tercero: Generadores de Recursos Económicos para la Salud
Título Cuarto: Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud
Título Quinto: Entidades Territoriales
Título Sexto: Fondo de Solidaridad y Garantía Fosyga
Título Séptimo: Protección al Usuario y Participación Ciudadana
Título Octavo: Otros Actores
Título Noveno: Medidas Especiales
Título Décimo: Glosario
Título Undécimo: Anexos Técnicos
El texto normativo completo de la Circular Única puede consultarse a través de la página de internet de la Superintendencia Nacional de Salud:
www.supersalud.gov.co
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