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Resolución 2578 de 2013 “Por la cual se establecen lineamientos para el cumplimiento de la Resolución 1409 de 23 de julio de 2012 expedida por el Ministerio de Trabajo, sobre trabajo en alturas y se dictan otras disposiciones”

En el diario oficial del 1° de marzo del año en curso, fue publicada la Resolución 2578 de 2013 proferida por el Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA-.

Dicha disposición, procuraba el desarrollo técnico reglamentario de la Resolución 1409 de 2012 a través de la cual el Ministerio de Trabajo estableció el reglamento de seguridad para protección contra caídas en alturas, generalidades, obligaciones y requerimientos varios sobre el asunto, programas de prevención y protección contra caídas, capacitaciones, y se establecieron unas funciones de responsabilidad exclusiva del SENA.

 

El artículo 12 de la Resolución 1409 señaló las instituciones y programas que podrían ofrecer la capacitación del trabajo en alturas, dentro del cual estableció al SENA en el numeral 1) literal a).

Por lo anterior, la resolución en comento es la contentiva del reglamento que debería ser proferido, para el cumplimiento de dichas finalidades.

Sobre el particular y sin perjuicio de las demás disposiciones de la resolución, es importante señalar que las personas naturales y jurídicas que en la actualidad cuenten con autorización para dictar cursos de capacitación para trabajo en alturas conforme a los requisitos previstos en las resoluciones del Ministerio de la Protección Social No. 3673 de 2008, 736 de 2009 y las Resoluciones del SENA No. 1486 y 1938 de 2009, deberán solicitar nuevamente autorización al SENA, conforme a lo previsto en esta Resolución y en la Resolución del Ministerio del Trabajo N° 1409 de 2012.

Estas personas deberán presentar en un término máximo de seis (6) meses contados a partir de la publicación de la presente resolución, la respectiva solicitud ante el centro de formación profesional del SENA que corresponda a su domicilio principal, con los documentos y requisitos señalados en esta resolución.

La mencionada Resolución deroga las Resoluciones números 1486 de 2009 y 1938 de 2009 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Puede consultar el texto completo de ésta norma visitando el centro de legislación en la página www.arlsura.com


Este boletín es elaborado por la Dirección de Asuntos Legales para la Seguridad Social
de la Gerencia de Asuntos Legales de Suramericana.

Juan Fernando Gaviria - Gerente de Asuntos Legales
Ana Isabel Mejía - Directora de Asuntos Legales para la Seguridad Social.
Astrid Marulanda - Coordinadora de Salud.

César Augusto Martínez - Analista de Salud.
Sandra Milena Velásquez - Coordinadora Riesgos Laborales y Rentas Vitalicias.

Ángela María Bedoya - Analista Riesgos Laborales y Rentas Vitalicias.
Daniela Lopera Hernández - Estudiante en práctica Gerencia de Asuntos Legales.

Si no desea seguir recibiendo este boletín envie un mensaje con el asunto: dar de baja al Boletín Jurídico a pjaramillo@sura.com.co