LAS MOTOS TAMBIÉN CAUSAN ACCIDENTES DE TRABAJO

Enrique, es uno de los 10.047 colombianos, que  ha quedado herido durante el año 2006 en accidentes de tránsito en los que se han visto involucradas motocicletas.

Yo iba a llevar un domicilio y un taxista no tuvo en cuenta la señal de PARE y yo no alcancé a frenar, salí volando y a los pocos segundos en el suelo me di cuenta que estaba vivo, relata con angustia.
Y es que son  muy lamentables las cifras de accidentalidad de los motociclistas: En Colombia, según datos del Fondo de Prevención Vial,  durante los primeros siete meses de este año, 1.033 personas han muerto  por esta causa en donde, afirma una investigación de este organismo que, la principal causa es la falta de capacitación y preparación frente a la conducción de este vehículo, pues sólo el 16% de los motociclistas tomaron un curso para aprender a manejar, mientras que el 84% restante aprendió sólo o a través de un amigo o familiar.

Las muertes de motociclistas han aumentado un 16% de enero a julio de 2006. De acuerdo con los reportes, el 89% de los motociclistas muertos en accidentes de tránsito no llevaban el casco en el momento del siniestro y el 80.3% de los que resultaron heridos tampoco portaban este elemento vital de seguridad.
Enrique, quien por fortuna iba con el casco y despacio, tuvo fractura en  el hombro y en el tobillo que son una de las lesiones frecuentes que se presentan en los accidentes de tránsito de motos. Según el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses el  83% de las víctimas sufren lesiones de tipo craneoencefálico, el 39% fracturas y mutilaciones de extremidades superiores e inferiores, el 36% fracturas del esternón y costillas y un 7% padece lesiones pélvicas con posibilidad en la mayoría de los casos de invalidez permanente.

El consejo que le da Enrique a todos los que por trabajo o diversión se transportan en moto es muy sencillo La moto es para facilitar el desplazamiento, no para correr.  Uno debe tener todas las medidas de precaución, ser muy prudente y estar muy atento a lo que hacen los demás conductores o peatones



Ya son más de $675 millones ahorrados por nuestros afiliados, gracias al privilegio de pagar menos y disfrutar más con las alianzas que el Programa SERafín tiene para usted y su familia.

Y usted, ¿ya aprovechó los beneficios que le ofrecemos a través de la buena estrella de SERafín?

Tenemos nuevas alianzas para sus mejores momentos, en los que usted tiene descuentos especiales con sólo presentar su carné de afiliado a SURATEP:

Salir a comer con su familia a Presto, Kokoriko o Domino´s Pizza.
Guardar sus mejores fotografías reveladas en Foto Japón, Color Matic o
www.imprimetusfotos.com
Divertirse en familia en Panaca, el Parque del Café, el Parque Jaime Duque, Maloka, el Parque Juan Pablo II o el Zoológico de Cali.
Crecer gracias a una mejor capacitación en las universidades Eafit o Javeriana o aprender Inglés en el Instituto Meyer, Orange o el Winston Salem.
Cuidar su salud haciendo ejercicio en los gimnasios que tenemos como aliados: Gimnasio Laureles y Sport Gym en Medellín, Athletic en Bogotá, El Molino en Cali y Clara Gimnasio o Body & Soul en Barranquilla.
Lucir a la moda con los aliados de vestuario como Everfit, Hernando Trujillo, Tania, Moda Cuero o Azúcar.


Si usted en su trabajo conduce moto o la tiene de manera personal tenga en cuenta estas recomendaciones de carácter preventivo que da el Fondo de Prevención Vial:
Realice un curso de conducción para este tipo de vehículo
Antes de salir chequee el estado de la moto: llantas, nivel de aceite y gasolina, luces, frenos, espejos, pito
Utilice elementos de protección como: casco, gafas protectoras, guantes y botas-
Tenga en cuenta el vestuario que  debe ser de colores vistosos, ojalá reflectivos y cubrir la mayor parte del cuerpo, además deben quedar ajustados para que no se agiten con el viento
Conozca  las normas de tránsito, comportamiento y seguridad para la conducción de motos.

Para mayor información puede  hacer el curso virtual de motocicleta que lo encuentra en la página
www.fonprevial.org.co

"Solo así lograremos hacer de las motos un medio de transporte seguro, ambientalmente favorable y que ayude a optimizar la movilidad vehicular en Colombia"

¿Qué debo hacer si tengo un accidente de tránsito y mi empleador me proporciona el transporte?

En caso de ocurrir un accidente de tránsito que constituya accidente de trabajo según lo prescrito en el artículo 9 del Decreto Ley 1295 de 1994, se debe tener en cuenta que como en todo accidente de trabajo el empleador debe reportar el mismo dentro de los dos días hábiles siguientes de ocurrido éste de manera simultánea tanto a la EPS y ARP.

Además, se debe aclarar que la Administradora de Riesgos Profesionales dará cobertura a las prestaciones que se deriven del mismo una vez se supere el tope del SOAT.