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Todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como las empresas de servicios temporales; deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional.

El Decreto 052 de 2017 fue publicado por parte del Ministerio del Trabajo, por medio del cual modifica el art. 2.2.4..6.37 del Decreto 1072 de 2015 sobre la transición para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

En ARL SURA te orientamos en el proceso de implementación de la norma que deben aplicar todas las empresas, de manera progresiva, paulatina y sistemática en las siguientes fases:

Evaluación inicial

Plan de mejoramiento conforme a la evaluación inicial

Ejecución del SGSST

Seguimiento y mejora

Inspección, vigilancia y control

 

La implementación de cada una de las fases tiene pendiente la definición de las fechas por parte del Ministerio del Trabajo, quien determinará además los estándares mínimos que permitan verificar el cumplimiento de los requisitos para el desarrollo de este tema.

 

 

Cuida lo más valioso de tu empresa: tus trabajadores