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Trabajadores Independientes
ARL Sura

Tenemos información importante para su empresa:

“Afiliación de Trabajadores Independientes”

Desde el 15 de julio de este año los trabajadores independientes podrán afiliarse al Sistema de Riesgos Laborales. El Decreto 0723 de 2013 establece las reglas para efectuar la afiliación y pago de los aportes de los Trabajadores Independientes, para garantizarles el pago de las prestaciones económicas que se generen de un accidente de trabajo o enfermedad laboral. Además podrán beneficiarse automáticamente de nuestros programas de prevención, formación y asesoría en salud ocupacional, higiene y seguridad industrial orientados al cuidado de las personas.

Sabemos que las actividades de su organización demandan con frecuencia la contratación de personas a través de contratos de prestación de servicios. Queremos apoyarlo en el cumplimiento de esta disposición legal facilitando sus procesos de afiliación a ARL SURA.

Le agradecemos que comparta esta información con todos los colaboradores de su empresa pues aquellos que actualmente tengan algún contrato de prestación de servicios como trabajadores independientes con otra organización, también deberán afiliarse como contratistas y unificar en su actual ARL, todos sus contratos.

GUÍA DE AFILIACIÓN AL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES

¿Quiénes se podrán afiliar al Sistema de Riesgos Laborales como Trabajadores Independientes?

Todas las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, y los trabajadores que realizan de forma independiente actividades catalogadas como de alto riesgo por el Ministerio de Trabajo.

¿Qué significa que el contrato sea formal?

Que el contrato sea por escrito.

¿Qué duración debe tener el contrato por el cual me voy a afiliar como trabajador independiente?

Más de un mes si la actividad que realiza es clase de riesgo 1, 2 ó 3.  Las clases de riesgo 4 y 5 no tienen duración mínima requerida.

¿A partir de cuándo puedo afiliarme como Trabajador Independiente?

Desde el 15 de abril de 2013. Por disposición legal hasta el 15 de julio del presente año usted podrá seleccionar la administradora de riesgos laborales. Si ya se encuentra afiliado podrá cambiarse de ARL, y las entidades que lo contratan como Trabajador Independiente deberán diligenciar un formulario de afiliación por cada contrato de prestación de servicios que usted suscriba.

¿Qué pasa si soy Trabajador Independiente y me afilio después del 15 de julio?

Si usted no está afiliado actualmente al Sistema de Riesgos Laborales podrá seleccionar la administradora de riesgos laborales. Si ya se encuentra afiliado a una ARL durante más de un año podrá trasladarse a la ARL que usted elija.  Si no ha pasado un año deberá permanecer en la ARL donde está afiliado actualmente.

Si soy Trabajador Independiente, ¿Cómo puedo afiliarme a ARL SURA?

Si la entidad contratante con la cual va a suscribir el contrato de prestación de servicios está afiliada a   ARL SURA, debe afiliarlo a través de Servicios en Líne@ de nuestro sitio Web www.arlsura.com,  en el módulo Gestión Administrativa/Trabajadores/Independientes/Ingreso Independientes, e ingresar los datos del Trabajador Independiente.

Si el contratante no está afiliado a ARL SURA debe ingresar a nuestro sitio Web www.arlsura.com en la sección Gestión administrativa/ Requisitos para la afiliación a ARL SURA/  y diligenciar la plantilla de afiliación de trabajadores independientes y el formato de carta de afiliación de trabajadores independientes; y enviarlos al buzón de afiliaciones afiliaciones@arlsura.com.co

Si soy empleado y adicionalmente tengo un contrato de prestación de servicios con otra entidad, ¿también debo afiliarme como Trabajador Independiente?

Sí debe afiliarse como Trabajador Independiente. Para ello debe solicitar a la entidad que lo contrata como independiente la afiliación como contratista a ARL SURA, aún en el evento en el que la contratante no esté afiliado a esta ARL.

Si tengo varios contratos de prestación de servicios con diferentes contratantes, ¿debo afiliarme varias veces?

Sí.  Debe realizar la afiliación y cotización por cada uno de los contratos de prestación de servicio que tenga.  En todos los casos debe afiliarse a una única ARL.

Para ampliar esta información comuníquese con nuestra Línea de Atención 01 8000 511 414 o visite www.arlsura.com  

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