GESTIÓN DEL RIESGO PARA ÉPOCA  NAVIDEÑA
          En  la entrega anterior hemos revisado los factores de riesgo y peligros  relacionados con la instalación de alumbrados, el manejo de pólvora y los malos  hábitos alimenticios durante la época navideña.  
          En  esta entrega revisaremos los viajes, los planes de ejercicio y los manejos de  dinero. 
            Más  información... 
          SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 
          Cuando estés en vías públicas  es necesario estar atento a las condiciones del piso y tomar las debidas  precauciones para prevenir las caídas a un mismo nivel. Por ejemplo correr, subir y bajar escaleras sin hacer  uso del pasamanos.  
          Ten en cuenta estas  recomendaciones para tener un desplazamiento seguro en los ambientes laborales: 
           Camine sin prisa, evite correr al subir o bajar escalones  
           Ascienda o descienda peldaño por peldaño y siempre por la derecha  
           Utilice siempre el pasamanos 
           No intente correr, saltar o deslizarse a través  de       las superficies lisas  
           Mire por donde transita  
           Desplácese en lo posible con una de las manos       libres y si tiene que llevar alguna carga, llévela de modo que no bloquee       su visión. 
           Concéntrese al caminar 
           Prefiera zapatos con suela antideslizante, tacón bajo, faldas amplias y no muy largas  
           Recoja las correas sueltas de los bolsos y los maletines  
           En las calles, haga uso de las cebras, puentes peatonales o lugares demarcados para cruzarlas. 
           Al cruzar la vía espere que cambie el semáforo peatonal  
           Al cruzar la vía mire para ambos lados, antes de       hacerlo  
           Camine siempre por los andenes y no por la calzada vial  
           Evite caminar por pisos húmedos, huecos, rejillas en el piso y edificios en  construcción. 
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          Nueva  legislación 
          SUSPENSIÓN PROVISIONAL DEL ARTÍCULO 6º DEL DECRETO 2800  DE 2003 EN VIRTUD DE LO CUAL EL INGRESO BASE  
            DE COTIZACIÓN PARA TRABAJADORES   
            INDEPENDIENTES SERÁ DE 1 SMMLV
          En la actualidad se adelantan dos acciones ante el Consejo de  Estado mediante las cuales se solicita que se declare la nulidad del Artículo  6º del Decreto 2800 de 2003 que reguló el Ingreso Base de Cotización para los  trabajadores independientes.  
  Como  consecuencia, el Consejo de Estado decretó la Suspensión Provisional  de la norma demandada que establece lo siguiente:  
“Artículo 6°.  Base de cotización. La base para calcular las cotizaciones de los trabajadores  independientes no será inferior a dos (2) salarios mínimos legales mensuales  vigentes, ni superior a veinticinco (25) veces dicho salario”.  
Al encontrarse suspendida la norma en cuestión, ésta no  puede continuar siendo aplicada, en virtud de lo cual el IBC mínimo para los  trabajadores independientes no será, en adelante, de dos (2) Salarios Mínimos  Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) sino de un (1) SMMLV.            |