Decreto 1164 de 2014

Si en virtud del proceso de actualización existen beneficiarios no reportados en las bases de datos dispuestas por el Ministerio de Salud, la calidad será acreditada, cuando la EPS se lo requiera, mediante declaración firmada por los padres indicando dependencia económica y condición de estudiante con dedicación exclusiva, lapso durante el cual no se les podrá negar la prestación de servicios de salud.

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Establece que la calidad de beneficiarios que ostentan los hijos mayores de 18 años y menores de 25 que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esa actividad, deberá ser verificada por las EPS, mientras actualizan la información de sus actuales beneficiarios, con la información contenida en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) del FOSYGA, considerando únicamente su grupo de edad.