Boletín N°20, Febrero 2013

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Resolución 4502 de 2012, Ministerio de Salud y Protección Social. Tema: Licencias de Salud Ocupacional.

El 31 de diciembre de 2012 fue publicada en el Diario Oficial 48.660 la Resolución 4502 del 28 de diciembre 2012, a través de la cual se reglamenta el procedimiento, requisitos para el otorgamiento y renovación de las licencias de salud ocupacional y se dictan otras disposiciones.

Esta reglamentación se expide en virtud del mandato otorgado por la ley 1562 de 2012, -conocida popularmente como Ley de Riesgos laborales-, en su artículo 23, en el cual se ordenaba al Ministerio proceder a reglamentar la materia relativa a las licencias de salud ocupacional, dentro de los 6 meses siguientes a la expedición de la Ley. Igualmente, con ella se deroga de manera expresa la Resolución 2318 de 1996, que era la norma anterior que regía en el tema.

Se recuerda que el otorgamiento y renovación de las respectivas licencias es necesaria para todas aquellas personas naturales o jurídicas que oferten servicios de Seguridad y Salud en el trabajo (lo que antes era conocido como Salud Ocupacional). El control estará a cargo de las Secretarias Seccionales y Distritales de Salud.

 

Con relación a las personas naturales, se le otorgará o renovará la Licencia a aquellos profesionales universitarios con posgrado en salud ocupacional, a los profesionales universitarios en un área de salud ocupacional, tecnólogos en salud ocupacional, y técnicos en salud ocupacional, todos ellos con títulos obtenidos en instituciones de educación superior debidamente aprobada por el Ministerio de Educación Nacional.

Las Licencias se otorgarán de acuerdo al nivel de formación, y en ellas se especificará el campo de acción en el que podrá desempeñarse el solicitante.

La Licencia otorgada tendrá validez en todo el territorio nacional y vigencia por 10 años, y se expedirá de manera gratuita.

Es importante anotar que estas disposiciones no aplicarán para las personas que lideren en la empresa el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo –antes conocido como Programa de Salud Ocupacional- o formen parte del equipo de trabajo de dicho programa.

Para ver la norma completa puede revisar nuestro centro de legislación en www.arpsura.com.co

 


Este boletín es elaborado por la Dirección de Asuntos Legales para la Seguridad Social
de la Gerencia de Asuntos Legales de Suramericana.

Juan Fernando Gaviria - Gerente de Asuntos Legales
Ana Isabel Mejía - Directora de Asuntos Legales para la Seguridad Social.
Astrid Marulanda - Coordinadora de Salud.

César Augusto Martínez - Analista de Salud.
Sandra Milena Velásquez - Coordinadora Riesgos Profesionales y Rentas Vitalicias.

Ángela María Bedoya - Analista Riesgos Profesionales y Rentas Vitalicias.
Daniela Lopera Hernández - Estudiante en práctica Gerencia de Asuntos Legales.

Si no desea seguir recibiendo este boletín envie un mensaje con el asunto: dar de baja al Boletín Jurídico a pjaramillo@sura.com.co